De conformidad a los artículos 5.2, 7.4. y 9.1.1 del Manual de Procedimientos del Reglamento Interno Vigente; la Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana A.C.; a través de su Consejo Nacional de Registro de la Certificación Profesional (CONARC) tiene a bien extender las siguientes: