Presidente
Arq. Victoria Paulina Rodríguez Mosqueda
Arq. Victoria Paulina Rodríguez Mosqueda
Victoria Paulina Rodríguez Mosqueda nacida en Celaya Gto. en 1985, estudió Arquitectura en la Universidad de Celaya y en la Universidad de Buenos Aires Argentina (UBA), obteniendo Mención Honorifica.
Tiene Maestría en Arquitectura del Paisaje y Maestría en Interiorismo Arquitectónico ambas por la Universidad Iberoamericana (IBERO), graduándose con honores de ambos postgrados. Ha realizado diplomados en Diseño de interiores en Centro FD Buenos Aires Argentina, Escaparatismo y Visual Merchandising en la Universidad Elisava Barcelona España, Agronomía para no Agrónomos en el Tecnológico de Monterrey, Diseño de mobiliario e interiorismo en Instituto Machiavelli – Studio Blam Design Florencia Italia, workshop Arquitectura SCI – Arc México y diversos cursos intensivos de eco-hidro tecnologías, administración de la construcción y dirección académica en diferentes instituciones.
Los proyectos que ha realizado se caracterizan por generar una fusión entre la Naturaleza, Arquitectura y Paisaje, obteniendo un vínculo emocional y perceptivo con el usuario a través de las conexiones inter – exteriores.
En el ámbito gremial se destaca por, ser presidenta de la Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana FCARM, Miembro de Honor del Instituto Americano de Arquitectos AIA, Vicepresidente del Consejo Coordinador Empresarial de Celaya A.C., por haber sido la Coordinadora del Comité de Competiciones de Arquitectura en FCARM, la Primera mujer presidente del Colegio de Arquitectos de Celaya A.C., Socia fundadora de la Fundación Somos Arquitectura A.C., y miembro del Consejo Directivo del Sistema de Arte y Cultura de Celaya.
Ha participado como profesor invitado en el Taller Internacional de Arquitectura en Cartagena de la Universidad de Los Andes Colombia, en la maestría de Diseño Arquitectónico en la Universidad Michoacana, como socio formador en Proyectos Habitacionales en el Tecnológico de Monterrey, ha sido titular de la materia de Arquitectura del Paisaje en la Maestría de Arquitectura Sustentable en Universidad Cuauhtémoc, de la materia de proyectos arquitectónicos en la UNI y ULM, y actualmente es Coordinadora Académica de la Escuela de Arquitectura e Interiorismo en la Universidad Latina de México (ULM), Celaya Gto.
Ha obtenido el reconocimiento como Profesionista distinguido 2022 por su sobresaliente ejercicio profesional, SEP Gto., 2do lugar en Youth Jamboree UIA Tokio Japón, 2do lugar ENEA-ASINEA, etapa individual y en equipo, 1er lugar diseño arquitectónico de Ciudad del niño del Colegio de Arquitectos de Celaya A.C., ha sido concursante en el premio de composición J. Alberto Pani, UNAM, ha impartido algunas ponencias y sus proyectos de Arquitectura de Paisaje han sido publicados en ARCHELLO y DEZEEN.
Secretarías
Arq. Lorena A. Barrera González
Arq. Lorena A. Barrera González
ARTÍCULO 48.- Son facultades y Obligaciones del Secretario General:
a) Llevar el libro de actas y acuerdos de la FCARM.
b) Apoyar al Presidente en la operación de las políticas internas de la organización y del trabajo gremial, que conduzcan al fortalecimiento de las mismas mediante el seguimiento y control de programas, acciones y proyectos.
c) Dirigir y Moderar las asambleas nacionales y las del comité ejecutivo nacional.
d) Dar lectura de los Acuerdos al finalizar las asambleas y turnarlos al presidente de la Junta de Honor y a los Vicepresidentes Regionales, a más tardar 15 días hábiles posteriores a su celebración.
e) Dar cuenta en las sesiones del acta de la sesión anterior, la correspondencia y los asuntos a tratar;
f) Recoger las firmas de la lista de asistencia en caso de Asambleas en modalidad presencial; e imprimir pantallas en caso de Asambleas modalidad a distancia o híbrida y verificar que exista el quórum exigido para la debida instalación de las Asambleas;
g) Recoger las votaciones y dar cuenta de ellas al Presidente.
h) Levantar las Actas de Asamblea y una vez aprobadas, asentarlas en el libro correspondiente, firmándolas y remitirlas a cada miembro de la Asamblea por medios electrónicos.
i) Extender junto con el Presidente, constancias de afiliación o membresía a los Asociados que lo soliciten. Mismas que hayan sido previamente aprobadas en los términos de este Estatuto.
j) Llevar el archivo de la FCARM y conservar bajo su responsabilidad, la correspondencia, libros y documentos.
k) Despachar los asuntos de simple trámite que sean de su competencia y someter al acuerdo del Presidente, aquellos que exijan solución inmediata.
l) Convocar junto con el Presidente a la celebración de Asambleas Ordinarias, Extraordinaria y del Comité.
m) Promover y coordinar tanto el cumplimiento y avance de los programas acordados por las Asambleas, así como la observancia y el cumplimiento del Estatuto y la reglamentación complementaria.
n) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día y será revisado por el Secretario de Asuntos Legislativos y de Gobierno.
o) Coordinar la logística de las Asambleas Nacionales de la FCARM.
p) Las demás que se deriven del presente estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Karla Alejandra Molina Pineda
Arq. Karla Alejandra Molina Pineda
ARTÍCULO 49.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Finanzas:
a) Presentar, en el mes de Enero al CEN y en la primera Asamblea ordinaria del año, el programa anual de ingresos-egresos, en el que se vean reflejadas, las metas financieras de la FCARM.
b) Administrar las finanzas de la FCARM, con apego a los objetivos de FCARM.
c) Ejercer, en mancomunidad con el Presidente, el poder cambiario señalado el artículo 47 en su .inciso h), de presente Estatuto.
d) Realizar las erogaciones autorizadas por Asamblea o CEN, recabando la documentación fiscal comprobatoria correspondiente.
e) Notificar y cobrar las cuotas correspondientes por cada Asociado dando el respectivo comprobante fiscal de dicho pago.
f) Presentar el balance anual auditado, por un despacho externo y ponerlo a consideración de la Asamblea.
g) Recibir y controlar la totalidad de los ingresos, expidiendo los comprobantes fiscales correspondientes.
h) Expedir de forma Anual la constancia de no Adeudo a los Asociados, en la Asamblea inmediata a la liquidación de adeudo.
i) Rendir un informe trimestral ante el CEN y semestral ante la Asamblea, acompañando cuenta detallada de entradas y salidas de fondos, una lista de los asociados que adeuden cuotas, para que sean requeridos en el cumplimiento de sus obligaciones y extender la información al pleno de la Asamblea.
j) Vigilar que los fondos de la FCARM se destinen a los fines de la misma y el patrimonio no permanezca improductivo.
k) Vigilar que los libros de contabilidad que exige la ley sean llevados al día, así como los registros auxiliares y demás documentos necesarios, a fin de que se efectúen oportunamente los asientos que muestren claramente el movimiento de fondos y el estado contable de la FCARM;
l) Cumplir que las obligaciones fiscales contraídas por la FCARM sean atendidas oportunamente;
m) Cuidar tanto de la oportuna recaudación de ingresos, como de que los compromisos de la FCARM sean solventados con oportunidad.
n) Es responsabilidad conjunta con el Presidente el ejerció fiscal de sus dos años de periodo.
o) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
p) Ejercer el Poder General para actos de administración en materia fiscal, se faculta al presidente y al Secretario de Finanzas en turno como Apoderados Designados para que a nombre de esta Asociación de manera conjunta o individual y de modo enunciativo y no limitativo podrán recibir visitadores adscritos al SAT Servicio de Administración Tributaria, Administración Central de Fiscalización así como presentar toda clase de avisos, declaraciones, altas y bajas, presentara informes, celebrar convenios y finiquitos, inclusive presentar toda clase de recursos e inconformidades ante cualquier autoridad, inclusive ante el Tribunal Fiscal de la Federación en defensa a los derechos del poderdante, recibir toda clase de documentos en general, comparecer y llevar a cabo cualquier acto o gestión que se relacione con la presentación, tramite, firma, suscribir, emitir, recibir y solicitar cualquier tipo de papelería o documentación necesaria, incluyendo la tramitación de la Firma Electrónica Avanzada ante el SAT. Lo anterior en términos del párrafo segundo del Artículo (2554) Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal y sus concordantes en los Códigos Civiles en los estados de la República Mexicana. El apoderado podrá efectuar cualquier trámite ante Secretarías o Departamento de Estado y sus dependencias, Infonavit, Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Tesorería General del Estado, Tesorerías Municipales, Registro Civil, Servicios Coordinados de Seguridad Pública, organismos descentralizados, empresas descentralizadas, Fideicomisos Públicos, Organismos Públicos y Privados, Federales, Estatales y Municipales y demás de naturaleza análoga, así como ante personas físicas o morales, particulares y efectuar trámites pudiendo firmar cuanta papelería y documentación correspondiente sea necesaria en la ejecución de dicho poder.
Arq. Vladimir Ernesto Alcalá Bañuelos
Arq. Vladimir Ernesto Alcalá Bañuelos
ARTÍCULO 50.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Asuntos Legislativos y de Gobierno:
a) Analizar, intervenir y facilitar todo tipo de asuntos y disposiciones relacionados con dependencias, instituciones, organismos del sector público y aquellos con capacidad legislativa o reglamentaria en cualquiera de sus niveles y ámbitos de su competencia.
b) Facilitar las relaciones de los Colegios con los organismos y dependencias del sector público y privado sin abandonar nunca el sentido de beneficio gremial.
c) Obtener y difundir todas aquellas legislaciones, reglamentos, certificaciones y otras disposiciones que emitan el poder legislativo, el gobierno federal, estatal y municipal que impacten de alguna manera en el ejercicio de la profesión, la actualización de los Colegios o de la misma FCARM.
d) Asesorar a los Asociados, en actos específicos relacionados con asuntos jurídicos administrativos de gobierno, que representen oportunidades de fortalecimiento y de crecimiento, o bien que representen amenazas para la vida gremial o profesional.
e) Integrar los documentos legales, debidamente protocolizado ante notario público y en su caso inscriptos antes el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la FCARM.
f) A solicitud de parte y con acuerdo del presidente, asesorar jurídica y legalmente, a los miembros de la federación.
g) Vigilar, resguardar la legalidad y legitimidad de la FCARM en los Actos de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias ya sean Nacionales o Regionales.
h) Revisar en conjunto con el Secretario General la información legal de los Asociados de acuerdo a los documentos presentados por los mismos como marca el presente Estatuto o reglamentación complementaria.
i) Integrar e instalar la comisión revisora de Estatuto, quien fungirá como secretario técnico.
j) Las demás que se deriven del presente estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Sara H. Topelson Frydman
Arq. Sara H. Topelson Frydman
ARTÍCULO 51.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Relaciones Internacionales.
a) Establecer, previo acuerdo con el Presidente, los mecanismos de relación y de representación de la Federación en el ámbito internacional, buscando siempre hacer validos los principios, objetivos y mandatos estatutarios de la propia FCARM, en beneficio del ejercicio profesional de la arquitectura en México.
b) Representar al Presidente, ante la Unión Internacional de Arquitectos (UIA), la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos (FPAA), y ante cualquier organismo similar, público o privado, de carácter internacional, previo acuerdo con el Presidente.
c) Comunicar oportunamente de los eventos y programas que se desarrollan en otros países y en los que la participación y presencia de la FCARM sea conveniente y necesaria.
d) Defender los intereses de la Federación en el ejercicio de la práctica profesional a nivel internacional; así como la imagen de nuestro país.
e) Buscar, analizar y establecer acuerdos de trabajo y de colaboración con organismos similares y/o afines, en temas específicos o generales, en las distintas regiones del mundo.
f) Ubicar y promover proyectos que representen oportunidades de trabajo y desarrollo en el ámbito internacional, para los Arquitectos Mexicanos.
g) Formar parte del Comité Mexicano para la Practica Internacional de la Arquitectura (COMPIAR) en coordinación con el Presidente y de acuerdo a las políticas que en la materia establezca la FCARM.
h) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Rubén David Flores Guillermo
Arq. Rubén David Flores Guillermo
ARTÍCULO 52.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Promoción y Comunicación Social
a) Organizar las entrevistas, ruedas de prensa, y comunicados a los medios, necesarios para la proyección positiva de la FCARM en la opinión pública a nivel local, nacional e internacional, en forma oportuna y lo más amplia posible. Y mantener con todos los medios y sus representantes, además de una comunicación constante, una relación cordial y de amistad.
b) Estar al tanto de toda la información generada dentro de la Federación, organizarla y darla a conocer oportunamente a los interesados, particularmente a los Asociados.
c) Ser el responsable de la Pagina Web y de las publicaciones de la FCARM.
d) Asesorar a los Asociados que lo soliciten en materia de comunicación.
e) Actuar de acuerdo a las instrucciones del Presidente y del Secretario General para la información en los diferentes medios de la comunicación.
f) Promoción deberá ser también ante la sociedad mediante los diferentes medios de comunicación y foros nacionales e internacionales.
g) Para el cumplimiento de sus responsabilidades se apoyará en una Dirección Ejecutiva Adjunta profesional, responsable de construir y administrar la comunidad en línea y gestionar la identidad y la imagen de marca FCARM. Sus objetivos son: monitorear a la marca FCARM, crear contenido, construir, administrar y moderar la presencia en Internet, proponer la guía de estilo de las páginas oficiales.
Arq. Ana Esther Renteria Mejía
Arq. Ana Esther Renteria Mejía
ARTÍCULO 53.- Son facultades y obligaciones de Secretario de Desarrollo Profesional Continuo
a) Promover y difundir modelos de capacitación y actualización profesional que permitan a los Colegios ofrecer a sus agremiados la posibilidad de incrementar la calidad de la respuesta profesional y habilidades laborales, así como una cultura emprendedora.
b) Registrar y difundir las actividades de capacitación, actualización profesional y de apoyo institucional, así como el padrón de conferencistas y facilitadores; teniendo siempre como objetivo, el logro de eficiencia, calidad y productividad en todas sus acciones.
c) Buscar y difundir la información de los centros de enseñanza de arquitectura y centros de investigación afines, mediante boletín, sobre cursos, seminarios, conferencias y libros a todos los Asociados de la FCARM.
d) Analizar y difundir las demandas de prestación de servicios en el campo del ejercicio profesional y compararlas con la oferta de servicios profesionales del arquitecto.
e) Registrar las equivalencias de horas crédito con valor curricular nacional, sobre los cursos que los Colegios realicen.
f) Las horas créditos se evaluaran y calificaran de conformidad con lo establecido por la SEP y se dará difusión de las mismas a los Asociados.
g) Analizar, autorizar y registrar en el padrón, a los arquitectos o profesionistas afines, como facilitadores de los diversos cursos con valor curricular que la FCARM o sus Asociados promuevan en el territorio nacional.
h) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
i) Realizar el mecanismo para el proceso de valoración, calificación acreditación y registro de los cursos para cumplir por los Asociados.
j) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Pedro Vallin Inzunza
Arq. Pedro Vallin Inzunza
ARTÍCULO 54.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Gestión y Promoción Profesional;
a) Promover la creación de oportunidades de negocios y de cultura empresarial entre sus Asociados, mediante el impulso de sus actividades profesionales y la búsqueda de espacios adecuados para el crecimiento y desarrollo de los arquitectos de México.
b) Crear y acrecentar un banco de datos nacional, general y por especialidades de los arquitectos Federados de México.
c) Realizar en forma periódica, el análisis y el diagnostico nacional de la situación real de los arquitectos en México como agentes económicos.
d) Promover en forma constante ante las diversas instancias públicas y privadas, la participación profesional de los arquitectos buscando siempre la equidad y la justicia, propiciando la participación de arquitectos en el ejercicio libre de su profesión, buscando la diversificación y el fortalecimiento en la práctica de la arquitectura.
e) Generar ideas, diseñar proyectos y dirigir su instrumentación, promoviendo la participación de los Colegios en el mundo de los negocios, por medio de exposiciones, eventos técnicos, seminarios y reuniones con diversos organismos públicos y privados, en coordinación con los Colegios Asociados.
f) Promover convenios de colaboración con las distintas dependencias y organismos del sector público federal, estatal y municipal.
g) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Elias Cisneros Ávila
Arq. Elias Cisneros Ávila
ARTÍCULO 55.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Bienales, Competiciones y Premios:
a) Dirigir el Comité Organizador de la Bienal Nacional de Arquitectura Mexicana, el Comité de Competiciones de Arquitectura y el Comité de Premios Distinciones y Reconocimientos.
b) Proponer la integración del Comité Organizador de la Bienal Nacional de Arquitectura Mexicana, el Comité de Competiciones de Arquitectura y el Comité de Premios Distinciones y Reconocimientos quienes serán ratificados por el CEN.
c) Representar a la FCARM y sus Bienales ante cualquier red de bienales nacionales o internacionales, estableciendo los mecanismos de interrelación.
d) Presidir el Jurado Calificador y determinar junto con el Comité Organizador la integración del mismo.
e) Emitir la Convocatoria de las Bienales de la FCARM, la Convocatoria a los Premios y en su caso las Convocatorias a competiciones.
f) Asesorar a los Comités Organizadores de bienales regionales, estatales o locales de los Asociados de la FCARM.
g) Generar el contenido de difusión para la página web de la bienal, las redes sociales oficiales de la FCARM y el libro de la Bienal.
h) Verificar con la Secretaría de Finanzas la recepción de la cuota de acuerdo con las convocatorias. Verificar con el CONARC la vigencia de la Certificación Profesional y con el Secretario General la membresía de los bienalistas que soliciten acceder a las cuotas preferenciales para miembros de los Colegios Asociados y Arquitectos Certificados.
i) Verificar en el Registro Nacional de Profesionistas la Cédula Profesional de los autores titulares de las obras inscritas en las bienales, los concursantes de competiciones y los candidatos a recibir un premio.
j) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Órganos Consultivos, de Apoyo y de Participación
Arq. Saúl Alcántara Onofre
Arq. Saúl Alcántara Onofre
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
a) El Comité Consultivo: es un órgano del CEN, para la promoción y apoyo intersectorial que contribuye a la realización del ideario y objetivos de la FCARM; su dirección será designada por el Presidente y estará integrado por aquellas personas que, por su trayectoria y aportaciones a la práctica y la formación profesional de la arquitectura, se hayan distinguido por su experiencia.
Arq. Ana Itzel López Santacruz
Arq. Ana Itzel López Santacruz
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
b) El Patronato tiene como objetivo la promoción de sus programas para incrementar la capacidad económica y financiera de la FCARM y será designado por el Comité Ejecutivo Nacional.
Arq. Félix Sotelo Lepe
Arq. Félix Sotelo Lepe
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
c) La Fundación Cultural para la Arquitectura Mexicana, es un órgano de la FCARM generado para promover las habilidades creativas de los arquitectos de México y de las manifestaciones artísticas y culturales relacionadas con la arquitectura, atenderá en forma integral los proyectos editoriales, libros y revistas, la biblioteca, la videoteca los podcasts y todos aquellos instrumentos dirigidos a promover la cultura arquitectónica.
Arq. Luis Enrique López Cardiel
Arq. Luis Enrique López Cardiel
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
d) El Comité Mexicano para la Práctica Internacional de la Arquitectura (COMPIAR), es un cuerpo asesor externo, integrado de acuerdo al Reglamento de la Ley de Infraestructura de la Calidad y que sirve de apoyo a la FCARM para coadyuvar al marco legal internacional sobre el ejercicio profesional de arquitectos extranjeros en México y de arquitectos mexicanos en el extranjero. Este comité será dirigido por un Coordinador Ejecutivo y deberá ser propuesto ante el pleno del COMPIAR por el Presidente del CEN de la FCARM.
Arq. Mariana Flores García
Arq. Mariana Flores García
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
e) El Instituto Nacional de Arquitectura y Urbanismo (INAU), es se constituye como un centro de pensamiento que busca la reflexión intelectual sobre los temas de interés gremial relacionados a la Arquitectura y el Urbanismo, cuyo objetivo principal es el desarrollo de innovación y tecnología, bajo un concepto de laboratorio de ideas que contribuya a la concepción, promoción y desarrollo de iniciativas e instrumentos de posicionamiento del gremio ante escenarios y necesidades futuras.
Arq. Marco Antonio Vergara Vázquez
Arq. Marco Antonio Vergara Vázquez
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
f) El Comité de Ex presidentes Nacionales, es un organismo de consulta permanente del Presidente. Integrado por expresidentes de la FCARM que tengan sus derechos vigentes en su Colegio Asociado.
Arq. Honorato Fernando Carrasco Mahr
Arq. Honorato Fernando Carrasco Mahr
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
g) El Consejo Nacional de Registro y Certificación (CONARC) Entidad de certificación profesional con personalidad jurídica y patrimonio propio. El objetivo es el análisis, difusión, validación y registro de la certificación de la experiencia profesional de los arquitectos. Este Consejo será dirigido por un Coordinador Ejecutivo con fundamento en el Artículo 43.
Arq. Carlos Antonio Ortiz González
Arq. Carlos Antonio Ortiz González
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
i) Comité Organizador de las Bienales Nacionales, Comité propuesto y dirigido por el Secretario de Bienales, Competiciones y Premios y ratificado por el CEN, que se encarga de organizar, difundir, promover, registrar, coordinar la organización de las Bienales, la exposición y difusión de las bases, fallos, premiaciones y trabajos inscritos.
Arq. Erick Vásquez Rodríguez
Arq. Erick Vásquez Rodríguez
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
j) Comité de Competiciones de Arquitectura, Comité propuesto y dirigido por el Secretario de Bienales, Competiciones y Premios y ratificado por el CEN, el Secretario Técnico será el director del Instituto Nacional de Arquitectura y Urbanismo. El Comité se encarga de gestionar los concursos Nacionales de Arquitectura y Urbanismo, así como la promoción de los Concursos Internacionales de Arquitectura avalados por la UIA.
Arq. Celia Atzimba Granados Campos
Arq. Celia Atzimba Granados Campos
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
k) Comité de Premios, Distinciones y Reconocimientos, Comité propuesto y dirigido por el Secretario de Bienales, Competiciones y Premios y Ratificado por el CEN que se encargará de Evaluar y seleccionar las propuestas para otorgar premios, distinciones, reconocimientos, placa de honor y los premios nacionales de la FCARM. Enviados por los asociados en el que proponen a los arquitectos sobresalientes en la profesión.
Arq. María Alejandra Avendaño Correa
Arq. María Alejandra Avendaño Correa
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
l) Comisión Nacional de Arquitectas, Comisión Nacional de Arquitectas, tiene como objetivo promover el desarrollo y avance de las Arquitectas en el campo profesional, reconociendo sus aportaciones a la arquitectura y a la sociedad, generando acciones a favor de la equidad, así como respaldando la paridad de género en el gremio.
Arq. Chetzil Giordana Faccinetto Covarrubias
Arq. Chetzil Giordana Faccinetto Covarrubias
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
m) Comisión Nacional de Jóvenes Arquitectos, Es un organismo a través del cual se busca impulsar y promover la transición generacional a través de promoción del ejercicio profesional, la colegiación de jóvenes arquitectos. Estará dirigido e integrado por arquitectos de hasta 35 años y serán el enlace entre la FCARM y el Consejo Nacional de Estudiantes de Arquitectura.
Arq. María de la Salud Zarazúa Bárcenas
Arq. María de la Salud Zarazúa Bárcenas
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
n) Comisión del Arancel Nacional, Para dar cumplimiento al Artículo 2607 del Código Civil Federal, 50 inciso e) de la Ley Reglamentaria del Artículo 5to Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México.
Arq. Jorge Octavio Monraz Sustaita
Arq. Jorge Octavio Monraz Sustaita
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
o) Comisión Nacional de Accesibilidad Universal. Su objetivo es contribuir a la toma de conciencia y medidas de acción, acerca de la responsabilidad del profesional de la arquitectura para garantizar que la accesibilidad y los principios del diseño universal sean aspectos esenciales del diseño arquitectónico, la edificación y el espacio público.
Arq. Saúl Alcántara Onofre
Arq. Saúl Alcántara Onofre
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
p) Comisión Nacional de Patrimonio Arquitectónico. Su objetivo es identificar, proteger y contribuir en la conservación del patrimonio edificado, tanto en su aspecto material como inmaterial promoviendo la permanencia del conocimiento de técnicas y procedimientos tradicionales para edificar. Para lograr este objetivo se deberán realizar tareas de identificación e investigación, y promover acciones de conservación y revisión de la normatividad vigente. Esta comisión será un vínculo con las autoridades gubernamentales para formular un marco de acción interinstitucional en el que los agremiados de los Colegios Federados participen activamente en la capacitación, difusión, protección y salvaguarda del patrimonio de sus localidades.
Arq. Juan Rafael Martin Gutiérrez
Arq. Juan Rafael Martin Gutiérrez
ARTÍCULO 71.- Los órganos consultivos y de apoyo tendrán como objetivos los siguientes:
q) Comisión Nacional de Arquitectura de Emergencia. Su objetivo es el conformar un sistema de información basado en un diagnóstico de los riesgos de las localidades y los peligros que pueden afectar a la población y su infraestructura. Realizar propuestas de proyectos de prevención y dar respuesta a situaciones de emergencia. Elaborar proyectos de investigación y análisis para concientización social, capacitación y difusión con la participación gremial, fomentando alianzas con otras instituciones.
Arq. María Dolores Pérez Cruz
Arq. Juan Luis Gracia Uribe
Arq. Oscar Omar Puentes Juárez
Arq. Humberto Leal Molina
Arq. Laila Pérez Ochoa
Presidente de la Junta de Honor
Arq. José Luis Cortés Delgado
Vicepresidencias
Arq. Juan Alberto Carmona González
Arq. Juan Alberto Carmona González
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Ma Maribel López Solorzano
Arq. Ma Maribel López Solorzano
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Manuel Santiago Baeza Del Valle
Arq. Manuel Santiago Baeza Del Valle
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Miguel Ángel López Méndez
Arq. Miguel Ángel López Méndez
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Carlos Eduardo Inzunza Valenzuela
Arq. Carlos Eduardo Inzunza Valenzuela
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Alejandra Mondaca Fimbres
Arq. Alejandra Mondaca Fimbres
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.
Arq. Juan Walberto Amaya Soberanes
Arq. Juan Walberto Amaya Soberanes
ARTÍCULO 56.- Son facultades y obligaciones de los Vicepresidentes Regionales:
a) Servir de enlace entre los Asociados de regiones geográficas de la FCARM y el CEN.
b) Representar de acuerdo a su región geográfica de la FCARM ante el CEN.
c) Presentar ante el CEN y ante los Asociados que le correspondan geográficamente, el programa anual de actividades de la región y el informe de resultados.
d) Convocar y presidir las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias, a las cuales podrán ser invitados miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
e) Llevar el libro de actas y acuerdos de la Región.
f) Solicitar la documentación legal de cada Asociado como marca este Estatuto y reglamento a fin de que estén al día.
g) Llevar un padrón de cada Asociado de la Región donde se incluya padrón de miembros de cada Colegio.
h) Llevar y actualizar el padrón de los presidentes de cada Asociado de su región geográfica.
i) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinaria, Extraordinarias y del CEN.
j) Elevar las iniciativas y propuestas de los distintos Asociados al CEN análisis y acuerdo que se presente en la Asamblea correspondiente.
k) Difundir de acuerdo a sus regiones geográficas que integran la FCARM, los comunicados y acuerdos del CEN.
l) Dar seguimiento a los acuerdos que de las Asambleas Regionales Ordinarias y Extraordinarias que se deriven para la Asambleas Generales o del CEN.
m) Vigilar y dar seguimiento a los acuerdos del CEN y a los acuerdos de la Asamblea, para que se realicen en cada uno de los Colegios que integran su región.
n) Identificar, proponer y acordar conjuntamente con los Colegios organizadores, los temas que serán tratados en cada evento, así como facilitar la participación de expositores.
o) Consolidar los apoyos que reafirmen los valores de la práctica de la arquitectura en cada región;
p) Apoyar a los Asociados de su región, en la realización de cursos sobre Arquitectura Nacional e Internacional.
q) Establecer programas de trabajo y calendario de reuniones regionales, en base a los programas aprobados por la Asamblea.
r) Promover la participación de los Colegios de su región.
s) Asesorar a los Colegios interesados para su ingreso a la FCARM, y a su vez proponerlos en una asamblea regional y posteriormente en la Asamblea Nacional.
t) Conciliar con aquellos Asociados que estén a punto de perder sus derechos ya sea por suspensión provisional.
u) Representar al Presidente de la FCARM, en aquellas comisiones y actos que por acuerdo expreso le encomiende el Presidente o solicite algún Asociado con el visto bueno del Presidente.
v) Será obligación y facultad del Vicepresidente Regional en funciones el convocar a elecciones del Vicepresidente Regional y del Consejero de la Junta de Honor, con el apoyo del Secretario General y Consejero Regional de la Junta de Honor de la Región; lo anterior en cumplimiento a el Capítulo XI, artículos 66, 67 y 68. En caso de no hacerlo en su momento y de acuerdo a los artículos mencionados anteriores podrán convocar a elecciones el 50% más uno de los Asociados con derechos y obligaciones vigentes de cada región.
w) Será facultad y obligación asistir a las Asambleas Ordinarias del CEN.
x) Proponer y difundir a través de capacitación y difusión, la importancia del ejercicio y práctica de la profesión de arquitectura y sus consecuencias y responsabilidades sociales y legales.
y) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de los reglamentos que de él emanen.